Guia (Breve) para cobrar el paro [Actualizado]

jueves, 19 de febrero de 2009

Para todas aquellas personas que se han quedado en paro y están preocupadas, y para las que se quedarán (ya veremos si estoy yo entre ellos), escribo esta entrada.

---DATOS ESTADÍSTICOS

Según los datos facilitados por el INEM, en España hay ya 3.327.801 parados. Esta cifra supone un aumento de 200.000 PERSONAS (que no números!!, Señor Presidente), en un solo més, y la friolera de más de 1.100.000 (sí, sí, más de seis ceritos, UN MILLÓN de almas en paro) en el último año.

---REQUISITOS PARA COBRAR LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO (COMÚNMENTE DENOMINADO "COBRAR EL PARO").

-Estar afiliado a la Seguridad Social

-Encontrarse en situación legal de desempleo:

.....*Si te han despedido de tu trabajo.

.....*Si rescindes tu contrato porque te han reducido la jornada laboral por razones económicas y productivas (según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 18 de septiembre de 2008).

.....*Si rescindes tu contrato porque hay retrasos o impagos en las nóminas. Tampoco se considera un despido voluntario, por lo que puedes cobrar la prestación.

.....*Si finaliza un contrato temporal.

.....*Habiendo perdido -de forma temporal- el empleo, o sufrir una reducción temporal de jornada, que se producen cuando una empresa presenta un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), en la mayoría de casos a causa de una fuerte caída de la producción. A veces las empresas se ven obligadas a presentar un ERE y si la autoridad laboral lo acepta, los empleados dejan de trabajar durante unos días al año -y en ese período cobran el paro- o bien se les reduce temporalmente la jornada laboral y el salario, y en ese caso el paro les cubre la parte del sueldo que deja de pagarles la empresa.

-Personarse en una oficina del Inem para darte de alta en el mismo.

-Acreditar disponibilidad para encontrar trabajo, y si lo requieren, aceptar una colocación adecuada y adquirir un compromiso de actividad.

-Tener cubierta una cotización mínima de 360 días dentro de los seis años anteriores a haberte quedado en el paro. No es necesario haber trabajado esos 360 días seguidos, sino en total durante los seis años anteriores al momento de perder el empleo.

-No haber cumplido la edad que da derecho a la pensión de jubilación.

---DURACIÓN DEL SUBSIDIO DE DESEMPLEO

Por otro lado, la duración del subsidio de desempleo depende del tiempo que se haya cotizado en los últimos seis años:

-Los que hayan cotizado desde 360 a 539 días tienen derecho a 120 días de paro.

-Quienes cotizaron desde 540 a 719 días tienen derecho a 180 y así, gradualmente, hasta los 720 días de derecho al subsidio a los que pueden optar quienes han cotizado 2.160 días.

---IMPORTES, ¿Que puedo percibir?

-MINIMO:

.....*Si no se tienen hijos a tu cargo, será del 80% del Indicador de de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), incrementado en una sexta parte, esto es, 465,92 euros al mes.

.....*Teniendo, al menos un hijo a tu cargo, se percibirá el 107% del IPREM incrementado en una sexta parte, esto es, 623,16 euros al mes.

-MÁXIMO,

.....*Cuando el trabajador no tenga hijos a su cargo, percibirá el 175% del IPREM incrementado en una sexta parte (1.164,80 euros al mes).

.....*Con dos hijos o más a su cargo, hasta 1.310,40 euros mensuales.

---TRAMITACIÓN:

-Hay que inscribirse como demandante de empleo y pedir la prestación en la Oficina de Empleo en los 15 días hábiles siguientes a la situación de paro (Ojo, si una vez finalizado el contrato se está en periodo vacacional, no se podrá solicitar el paro hasta que no haya finalizado dicho periodo). La oficina que te corresponde viene determinada por el distrito postal del pueblo o ciudad donde vive la persona. Para saber qué oficina nos corresponde podemos llamar a la Consejería de Empleo de nuestra comunidad autónoma y solicitar información.

-Deberá aceptarse que se está en disposición de buscar empleo y de aceptar una colocación adecuada (¿adecuada?),

-Así como de participar en acciones de formación (éstas últimas, y en relación a las cartas que recibes no son de obligada asistencia, si bien te ayudan mucho a la hora de encontrar un empleo; la verdad es que en éste sentido, el INEM se lo curra bastante.

-Además, se deberán entregar los certificados de las empresas en las que se hubiera trabajado en los últimos seis meses, una copia de los documentos de cotización correspondientes a los 180 últimos días cotizados y el DNI.

-Por otro lado, es muy posible que el Inem te envíe una carta para que te presentes a una entrevista de trabajo. Es posible que tengas suerte y se adapte a tu perfil, pero puesto que los perfiles laborables que tiene el Inem están basados en tu formación y no en tu experiencia laboral, probablemente no se adecúen a tus posibilidades. En este caso, SI que es obligatorio presentarse a estas entrevistas de trabajo. Posteriormente tendrás que presentar la carta sellada por la empresa de que has asistido a dicha entrevista. En algunos casos símplemente te sellarán la carta porque no disponen de tiempo o porque no se adapta a tu perfil (o en algunos casos, como por ejemplo, si estás embarazada, te sellarán la carta y ya está).

---DOCUMENTACIÓN BÁSICA QUE HAY QUE PRESENTAR EN LAS OFICINAS DEL INEM:

1. Impreso de solicitud de la prestación por desempleo cumplimentado. Hay que indicar los datos personales.

2. Original del DNI o NIE (Número de Identificación de Extranjeros) y una fotocopia.

3. Impreso de domiciliación bancaria, en el que debemos indicar la entidad y el número de cuenta donde queremos que nos ingresen la prestación. Una vez cumplimentado hay que llevarlo al banco para que lo vise, es decir, para que confirme que los datos de la domiciliación son correctos. Luego hay que entregarlo a la oficina de empleo.

4. Comunicación de datos al pagador. Es un impreso del Ministerio de Hacienda que hay que rellenar con datos personales como el número de hijos para que se nos aplique la retención correspondiente del IRPF de acuerdo con nuestra situación particular.

5. Compromiso de actividad. El beneficiario de la prestación por desempleo ha de firmar este documento por el que se compromete a buscar trabajo activamente, presentarse a cubrir las ofertas de trabajo que le facilite la oficina de empleo, aceptar ofertas adecuadas y participar en acciones de información y orientación, etc.

6. Autorización para recoger información de la Agencia Tributaria. El beneficiario ha de autorizar a la oficina de empleo para que pueda consultar informáticamente ciertos datos fiscales. Si no la autoriza, deberá aportar él mismo esa información.

7. Certificado de empresa (rellenado, sellado y firmado) de los últimos 180 días cotizados. Este documento hay que pedirlo en la empresa. Deben entregarse en la oficina de empleo tantos certificados como empresas donde se haya trabajado en los últimos seis meses.

8. TC-2 de los últimos 180 días cotizados sellados por la entidad financiera (fotocopias). Este documento también hay que pedirlo a la empresa, excepto si está acogida al sistema RED. En ese caso la oficina de empleo puede acceder a la información que necesita informáticamente.

9. Última nómina y fotocopia de cada relación laboral finalizada en los últimos 180 días cotizados.

10. Documentación que acredita la situación legal de desempleo. La más habitual es la carta de despido, el contrato y la comunicación de cese, el acta del CMAC o la sentencia judicial.

La oficina de empleo facilita los impresos correspondientes a los puntos 1, 3, 4, 5 y 6. El interesado ha de pedir a la empresa los documentos de los puntos 8, 9 y 10.

Además de toda esta documentación, en la oficina de empleo pueden pedirnos el libro de familia u otros documentos.

---¿QUIEN PUEDE COBRAR EL PARO?

-Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social

-Los funcionarios y contratados temporales por las Administraciones Públicas

-Los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería.

-Los extranjeros que residan legalmente en España y que dispongan de autorización de residencia temporal y trabajo.

Espero que esta entrada os haya ayudado; si no es así, es porque -de momento- trabajáis, de lo cual me alegro. Y si os ha ayudado, espero que podáis cobrarlo y encontrar un trabajo lo antes posible.

No me despido todavía, porque quiero añadir una cosa, y es que es muy importante que asistáis a cursos que da el INEM, al menos alguno de formación general (C.V., entrevistas,...). En estos cursos te facilitan una bolsa de trabajo bastante buena y además te envían ofertas de trabajo que se adaptan más a tu perfil. Además te facilitan un listado con empresas a las que puedes llamar para solicitar trabajo. Desde aquí, en ese sentido, mi enhorabuena al INEM, porque no lo hace del todo mal.

He actualizado la entrada para poder añadir un par de detalles que faltaban y que podían servir de ayuda. Además, como he podido ver en las estadísticas, hay un gran número de personas buscando información al respecto. Entre otras, han encontrado esta entrada poniendo en google las siguientes frases (algunas de ellas, por cierto, muy peculiares):

-El pene pide aumento de sueldo

-Hacer mal entrevista cobrar el paro

-Trucos irme de la empresa cobrar paro

-Documentos entregar empresa a trabajador para cobrar paro

-Que pasa si descubren en el inem que estoy trabjando y cobrando el paro

-Comico inem historia

-Truco cobrar el paro

-Se puede cobrar el paro haciendo cursos del inem

-Subsidio de paro

-Quien puede cobrar la prestacion por desempleo del r a i

-Dias cotizados para cobrar el paro 2009

-Que cobrare en el paro teniendo dos hijos

-Los funcionarios en practicas pueden cobrar el subsidio de desempleo

-cuenta algo a la hora de cobrar el paro un hijo

-Que tampoco nadie puede cobrar mas de 720 dias de paro

-Aumento del salario 2009

-Quien puede cobrar el paro en españa

-Dias cotizados cobrar paro

-Cotizacion minima cobro paro

-Militar español despedido derecho a paro

-"cobrar el paro" meses de cotización 2009

-Puedo cobrar el subsidio de desempleo si no tengo hijos ni personas a cargo?

-Cobrar el paro trucos

-Trucos del paro

-Trucos para cobrar el paro

Besos y abrazos, según corresponda.

Pd: Si quieres añadir o preguntar algo, no dudes en utilizar los comentarios.

7 comentarios:

JuanRa Diablo dijo...

El INEM pondrá toda su voluntad ( o eso supongo al menos) pero cuando hay tantísimas personas sin trabajo me parece que poco podrán hacer. Pero tampoco yo les quitaré mérito.
Te ha salido una entrada muy práctica y provechosa socialmente. Esperemos que tu y yo no necesitemos releerla nunca.

Un abrazo!

5 de febrero de 2009, 15:02
migueloti dijo...

Gracias por tu comentario JuanRa!

Siempre fiel, por lo que veo.

Me alegro de que te haya gustado. Quería hacer algo, porque me desespera un poco ésta situación.

5 de febrero de 2009, 16:20
Fernando Díaz dijo...

coincido, buena entrada. la situacion es desesperante. ojala que todo mejore.

nos vemos!

5 de febrero de 2009, 22:39
La chica de ayer dijo...

Yo, con contrato indefinido y tal, no pienso en el desempleo propio pero sí es cierto que no sé por donde saldrá tanta y tanta gente parada...

6 de febrero de 2009, 9:13
Oteaba Auer dijo...

No deseo ser pesimista; pero tal y como está el patio a saber donde llegaremos.
Un abrazo

6 de febrero de 2009, 20:31
Anónimo dijo...

Me he encontrado un comentario muy gracioso en un blog, http://undiadefuria.org , que se llama Pedir el paro... Hay que tener los cojones cuadrados!,

Os adjunto el comentario, que es digno de mención:

Pues nada, eso que yo a finales de agosto, me presento en la OTG (Oficina de Treball de la Generalitat), lo que seria un sucedáneo de la INEM. (Sucedáneo, ya que la generalitat tiene poca o nula intervención en lo que a relaciones laborales se refiere).

Bueno, yo todo feliz, decidido a cobrar del paro el mes que no he podido trabajar, llego allí, y despues de esperar un ratito (estaba todo el mundo de vacaciones), es mi turno. Total, que le explico a la funcionaria que quiero cobrar el paro y bla bla bla, y antes de acabar de hablar, me pide el DNI. Bien, bien, no estan para perder el tiempo de cháchara, pienso... Pero veo que la mujer se levanta y se tira 5 minutos a charlar con su compañera... En fin, sigo esperando allí sentado delante de la mesa con cara de poker... La mujer vuelve y empieza a sacar un papel verde, otro blanco, uno amarillo... El puto arcoiris papelero. Y entonces me empieza a decir que papeles necesitan...

(10 mins. despues)

Tengo 5 papeles por rellenar, mas los tropecientos mil papeles que tengo que traer. Contratos antiguos, certificado de fin de contrato, hoja de la IRPF, nóminas de tal a cual, otro papel que no se que puñetas es... En fin, me dicen que todo eso me lo da mi empresa. Y yo aceptando con la misma cara de poker.

Vuelvo hoy, al día y hora citados, con todo el montón de papeleo. Ahora ya es tal volumen que el portafolios no me vale. Tengo que llevar la carpeta... v_V

Esperate un rato más.... y patatín patatán, la nueva funcionaria me rellena todo un DIN-A4 con lo que le falta... Casi nada!!!!! Es que solo les falta pedirme el certificado de buena conducta! O sea, que además de traerles los cientos de papeles que necesitaban, tengo que traerles unos cuantos cientos más...... Y encima me dice que tarde poco en traer lo que falta, porque van muy liados de trabajo!!! Manda huevos! Si es que se pasan la media jornada que trabajan tocandose las narices! Luego me envian a otra mesa para hacerme una "entrevista"... Total que la entrevista consta en enseñar el DNI, responder "sí" cuando te preguntan los estudios que has finalizado, y decir cuanto tiempo llevas en la empresa tal de pascual. Fin de la entrevista... Me sorprende la ultravelocidad a la que hacen algunos trámites y la extraordinaria lentitud a la que hacen otros... En fin, que me largo ya de la oficina verdoblancosa de la inem...
Bueno, me leo con tranquilidad la nueva hoja petitoria de papeleo que me acaban de dar mientras me tomo un cortado... Y oh sorpresa! Me vuelven a pedir papeles de la empresa actual... Que si horas trabajadas a la semana, tipo de jornada, certificado de noseque... E incluso papeles de la otra empresa donde trabajaba antes de ahora! Alucinante. Total, hago las llamadas a sendas empresas y se lo pido todo. "Envianoslo por fax, me dicen". Genial. Total: lo menos me he gastado 6 euros fax arriba fax abajo y llamando aqui y allí...

En conclusión: Una puta mierda! He osado preguntarle a la funcionaria si hay que repetir todo éste lío burocrático para volver a pedir el paro cuando me haga falta... Por "suerte" me ha dicho que no, que eso es solo la primera vez... Pero bueno, me imagino que en la segunda ocasión también habrá lio de papeles...

Y digo yo... No estamos en la sociedad de la información? Toda esta cantidad de viajes aquí y allí, papeles, firmás acá, firmás allá, sello que te viene, sello que te va... NO SE PUEDE EVITAR TODA ESTA CACA????? Por dios, es que si lo tienen todo informatizado, mira que seria sencillo arreglarlo todo con un papel "modelo", o hacerlo por internet! Pero no, se ve que les mola hacer que te pegues unas cuantas vueltas de aquí p'allí para entregarles un taco de papeles, que luego, una vez introducidos en un ordenador, se quedarán archivados en algún polvoriento sótano...

Moraleja... si el paro teneis que pedir, la espada burocrática oirás blandir...

Si es que se te quitan las ganas de pedir un puto mes de paro, coño!

10 de febrero de 2009, 16:28
migueloti dijo...

Fernando, tienes razón, esperemos que me jore lo antes posible! Saludos!

Chica de ayer,la verdad es que hoy por hoy eso de tener un contrato fijo no exime de gran cosa, pero espero que tengas mucha suerte. Tienes razón diciendo que a ver que hace tanta gente!

Oteaba, esperemos que no lleguemos mucho más allá.

Saludos a todos y gracias por vuestros comentarios!!

12 de febrero de 2009, 9:33

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